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SUBVENCIONES INSERCIÓN LABORAL PERSONAS CON DISCAPADIDAD

Plazo presentación: hasta el 15 de noviembre de 2026

BENEFICIARIOS

Las empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales, las cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las entidades sin ánimo de lucro de carácter privado o cualquier otro tipo de unidad económica que, aun careciendo de personalidad jurídica propia o diferenciada de la de sus integrantes, pueda realizar la contratación subvencionable.

LINEAS DE SUBVENCION Y CUANTÍA

Línea I: Ayudas para la contratación inicial indefinida y para la transformación en indefinidos de contratos temporales.

La cuantía de las ayudas será de 8.000 euros si la persona contratada es hombre y 8.500 euros si es mujer, por cada contrato celebrado por tiempo indefinido o transformación en contrato por tiempo indefinido, siempre que sean a jornada completa.

Si el contrato celebrado por tiempo indefinido es con jornada a tiempo parcial, la cuantía de la subvención se reducirá proporcionalmente según la jornada que figure en el contrato, en relación con la de un/a trabajador/a de la entidad con contrato a tiempo completo comparable, en cómputo anual.

La cuantía de la subvención establecida se incrementará en 1.000 euros, si concurre alguna de las circunstancias siguientes:

  1. Que el contrato por tiempo indefinido para el que se solicita la ayuda sea el primer contrato por tiempo indefinido suscrito por la entidad solicitante.
  2. Que las personas con las que se suscriba el contrato pertenezcan al colectivo incluido en el artículo 4.1.e).
  3. Que la persona con la que suscriba el contrato sea una persona con discapacidad o con trastorno del espectro del autismo, mayor de 45 años.

Línea II: Ayudas para la adaptación de los puestos de trabajo, dotación de equipos de protección personal y eliminación de barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo.

La cuantía de las ayudas será, como máximo, de 1.000 euros por persona destinataria contratada, que requiera la adaptación del puesto de trabajo o dotación de equipo de protección o eliminación de barreras u obstáculos.

Línea III: Ayudas para la contratación inicial indefinida de personas procedentes de enclaves laborales.

La cuantía de las ayudas será de 8.000 euros, si la persona contratada es hombre y 8.500 euros si es mujer, por cada contrato celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa (proporcionalmente si es a tiempo parcial).

Línea IV: Ayudas destinadas a sufragar los costes salariales y de Seguridad Social del personal preparador laboral que realice acciones de empleo con apoyo en el puesto de trabajo.

La cuantía de dichas subvenciones se establece, por un lado, tomando como referencia una retribución anual de 33.250 euros, incluidas las dos pagas extraordinarias y la cuota empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos, y, por otro lado, en función del número de personas trabajadoras destinatarias de las acciones de orientación y acompañamiento personalizado, su colectivo de pertenencia y el grado de discapacidad, en su caso, que presentan, correspondiendo respecto de la citada retribución anual de referencia (proporcionalmente si el contrato es a tiempo parcial).

PERIODO SUBVENCIONABLE

  • Las actuaciones incluidas en las líneas I, II y III, el período comprendido entre el día 1 de noviembre de 2025 y el día 31 de octubre 2026, ambos incluidos.
  • Las actuaciones incluidas en la línea IV, el período comprendido entre el día 1 de enero 2026 y el 31 de diciembre de 2026, ambos incluidos.

RODRIGUEZ CORTS & FERNANDEZ MANZANEQUE

Abogados y Economistas

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