AYUDAS PARA EL SECTOR ARTESANO DE CASTILLA LA MANCHA ANTE LA CRISIS DE LA COVID-19
Plazo de solicitud del 30 de junio de 2021 al 29 de julio de 2021
La Consejería de Economía, Empresas y Empleo pone a disposición de las empresas del sector artesano de Castilla La Mancha un programa de ayudas con el fin de promocionar su actividad productiva y comercial y a la digitalización del sector artesano ante la crisis de la COVID-19 para el ejercicio 2021. Estas son las actuaciones subvencionables:
LÍNEA DE DIGITALIZACION
- Transformación digital, que comprenderá los siguientes gastos:
1º. Incorporación de nuevas tecnologías destinadas a mejorar el desarrollo de su actividad, tales como equipos informáticos, incluyendo los ordenadores portátiles, o software.
2º. Elaboración de un plan de transformación digital.
- Fomento de la presencia en internet a través del comercio electrónico o venta online, que comprenderá los siguientes gastos:
1º. Creación, implementación y actualización de páginas web propias corporativas y/o de comercio electrónico (ecommerce).
2º. Integración en portales web o Marketplace en los que se promocione o realice comercio electrónico o venta online.
3º. Creación de un Marketplace.
4º. La adquisición de elementos de embalaje para la paquetería de los productos de venta online.
5º. Generación de perfiles en redes sociales y el mantenimiento de los mismos. 6º. Servicios de posicionamiento en internet.
LÍNEA DE PROMOCIÓN
Comercialización de productos artesanos, tales como participación en ferias y eventos comercializadores artesanales de interés general que se desarrollen en España.
Los gastos subvencionables serán:
- Gastos de alquiler del espacio expositivo, bien con stand propio o compartido con otros artesanos, y siempre que los productos sean de elaboración propia.
- Gastos por la contratación de servicios básicos y/o seguros obligatorios.
- Gastos correspondientes a viajes en autobús, avión, ferrocarril, barco, desplazamiento realizados por medios propios a la feria, alojamiento, montaje y desmontaje del stand.
- Los gastos del transporte, y en su caso del seguro, de las piezas para su exposición y venta, cuando exista una distancia mínima de 100 Km entre el domicilio de la empresa y la feria o evento.
-
- Fomento a la visibilidad del sector, tales como organización de exposiciones, muestras y otros eventos de carácter promocional de la actividad artesana, que se desarrollen en España, la creación y diseño de marcas comerciales, así como la publicidad y elaboración de material promocional que comprendan los siguientes gastos:
- El alquiler de espacio expositivo
- Alquiler y la instalación de moqueta, tarima u otros de naturaleza similar.
- Contratación de suministros de agua y electricidad.
- Contratación de servicios de telefonía e internet, publicidad, vigilancia, limpieza, etc.
- Contratación de seguros obligatorios
- Creación de marcas comerciales y adaptación a paquetería de los productos de venta online o papelería básica.
- Realización de campañas publicitarias por medios de comunicación online y offline.
- Producción, edición e impresión de dípticos, trípticos, folletos, catálogos y la confección de todo tipo de soportes y publicitarios.
- Fomento a la visibilidad del sector, tales como organización de exposiciones, muestras y otros eventos de carácter promocional de la actividad artesana, que se desarrollen en España, la creación y diseño de marcas comerciales, así como la publicidad y elaboración de material promocional que comprendan los siguientes gastos:
En esta línea no se subvencionan los siguientes gastos:
1º. Los gastos de manutención (entendidos éstos como gastos de restaurantes, bares y similares).
2º. De los gastos de desplazamiento y transporte quedan excluidos los trayectos realizados fuera de las fechas de montaje y desmontaje de la feria o evento.
LÍNEA DE INVERSIÓN EN TALLERES ARTESANOS
Se subvenciona:
- Implementación de medidas de seguridad contra la propagación de la COVID-19, como gastos relacionados con la adquisición y montaje de elementos de seguridad, tales como mamparas, máquinas de desinfección o dispensadores de gel hidroalcohólico.
- Modernización de los talleres artesanos, contemplando los gastos de rehabilitación, reformas, ampliación, modernización o adecuación de un bien inmueble ya existente.
- Mejora de la capacidad productiva, contemplando la adquisición, montaje e instalación de maquinaria nueva, equipos, modernización de la maquinaria existente u obtención de una certificación, norma u homologación de calidad.
CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES
La cuantía de la subvención que podrá concederse por cada línea y actuación subvencionable será el 70% de la inversión subvencionable aprobada, con un máximo de 5.000 euros de subvención por beneficiario en cada una de ellas.
El importe máximo a recibir en el caso de que se solicite subvención por más de una línea o actuación subvencionable será de 6.000 euros por beneficiario.
La cuantía de la subvención se incrementará en un 20% cuando la inversión se encuentre radicada en alguno de los municipios incluidos en zona ITI o consideradas zonas prioritarias.
REQUISITOS BÁSICOS DE LOS PROYECTOS
- Que la actividad se lleve a cabo en Castilla La Mancha y encontrarse relacionada con las actividades que figuran dentro del repertorio de actividades de oficios artesanos de Castilla La Mancha.
- El plazo de ejecución de las actuaciones subvencionables, tendrá que estar comprendido desde el 1 de junio de 2020 hasta el 31 de mayo del 2021.
- Encontrarse al corriente en el cumplimento de las obligaciones tributarias, laborales, de Seguridad Social y de Riesgos Laborales.
RODRIGUEZ&CORTS ABOGADOS Y ECONOMISTAS
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