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AYUDAS PARA IMPULSAR Y CONSOLIDAR EL COMERCIO MINORISTA

Plazo de solicitud del 10 de julio al 9 de agosto de 2024

La Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla La Mancha convoca para el año 2024 las ayudas para impulsar y consolidar el comercio minorista.

Se establecen dos líneas de ayudas:

  • Comercio minorista.
  • Asociaciones de comerciantes.

1.- LINEA DE AYUDAS PARA IMPULSAR Y CONSOLIDAR EL COMERCIO MINORISTA.

Podrán acceder a estas ayudas los comercios minoristas que tengan alguno de los epígrafes del IAE que se han establecido al efecto.

Podrán solicitar esta ayuda las personas físicas y jurídicas, incluidas las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de entidad carente de personalidad jurídica.

¿Qué gastos se subvencionan en los comercios?

Los comercios podrán solicitar subvención por las siguientes actuaciones:

  1. Obras de renovación, ampliación o acondicionamiento del establecimiento comercial.
  2. Inversiones para mejorar la eficiencia energética en el consumo energético y para garantizar la seguridad del establecimiento comercial.
  3. Inversiones en rótulos comerciales para el establecimiento comercial.
  4. Adquisición y montaje de mobiliario y equipamiento comercial. No se subvencionan elementos de valor unitario inferior a 100 € ni bienes usados.
  5. Adquisición e instalación de equipamiento informático y tecnológico específico para la gestión empresarial. No se subvenciona la adquisición de tablets, ni smartphones o relojes inteligentes.
  6. Adquisición e implantación de software específico directamente relacionado con el desarrollo de la actividad empresarial.
  7. Creación de una tienda online para la venta de productos o la adaptación de tiendas virtuales ya existentes para incorporar la funcionalidad de venta online, así como la sustitución de una tienda virtual con venta online por otra nueva o las mejoras a la misma, siempre que supongan un avance significativo sobre las prestaciones contempladas inicialmente. En todo caso, la mejora debe implicar nuevas funcionalidades y no la mera reposición de aplicaciones.

Los contenidos de la tienda online versarán exclusivamente sobre la actividad o actividades comerciales minoristas incluidas en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas recogidos en el anexo. No se admitirán dominios registrados bajo la titularidad de terceras empresas.

  • Contratación de un Community Manager para la realización de actuaciones de posicionamiento SEO y SEM, campañas de marketing online y gestión de perfiles en redes sociales.
  • Integración en portales web o marketplace en los que se promocione o realice comercio electrónico o venta online.

¿Cuál es el importe de la subvención?

La subvención que podrá concederse no superará el 70 % del gasto que se considere subvencionable.

¿Cuánto debe ser el importe de los gastos o inversiones?

Los proyectos que soliciten subvención deberán tener un importe comprendido entre 1.000 y 10.000 euros, excluido el IVA.

REQUISITOS:

A destacar, entre otros:

Que las actuaciones y gastos no se inicien con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud, y finalizarlos en el plazo que marcará la resolución de concesión. Iniciar es hacer un pago, un compromiso de pedido o emitir factura antes de la solicitud.

Estar dado de alta el comercio en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas que se han establecido al efecto, y que deben estar en la agrupación 64, 65 y 66. Además, las inversiones deben realizarse en Castilla la Mancha.

Los comercios interesados en llevar a cabo algún proyecto, tendrán un plazo de ejecución máximo de cuatro meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la concesión de la subvención, estableciéndose en la resolución de concesión el plazo en cada caso.

La solicitud de la subvención y todo el procedimiento se realizará exclusivamente de forma telemática con firma electrónica o certificado digital.

Dar publicidad de la ayuda obtenida a través de la web (si se dispone) y colocar un cartel informativo.

Realizar el pago de las facturas en el plazo establecido por la Ley 3/2004.

VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES

Las solicitudes se regirán por el régimen de concurrencia competitiva, que significa que una vez que haya finalizado el plazo de solicitud, todas las solicitudes serán valoradas en base a criterios de valoración fijados por la Administración y se las atribuirá una puntuación. Así, se tendrá en cuenta los años de alta en el IAE, la edad de los solicitantes y el municipio en el que esté el comercio.

Una vez asignadas a las solicitudes esa puntación, de mayor a menor, se realizará una lista priorizada, a los efectos de repartir el presupuesto de cada convocatoria.

2.- LÍNEA DE AYUDAS PARA LA PROMOCIÓN DEL COMERCIO MINORISTA POR PARTE DE LAS ASOCIACIONES DE COMERCIANTES.

Dirigida a las asociaciones de comerciantes que presenten proyectos para coordinar las diversas actividades conjuntas de los establecimientos comerciales minoristas, con la finalidad de que éstos afiancen su actividad comercial y ofrezcan a los ciudadanos una oferta comercial continuada, plural, especializada y competitiva.

La subvención que podrá concederse no superará el 70 % del gasto que se considere subvencionable.

RODRIGUEZ & CORTS ABOGADOS Y ECONOMISTAS

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