AYUDAS A INVERSIONES EN TRANSFORMACION, COMERCIALIZACION O DESARROLLO DE PRODUCTOS AGRICOLAS Y AL FOMENTO DE LA CALIDAD AGROALIMENTARIA (FOCAL)
Del 31 Julio 2021 al 02 Noviembre 2021
Objeto:
Establecer, en régimen de concurrencia competitiva, la convocatoria para el año 2021, de las ayudas a las inversiones previstas en el artículo 17 del Reglamento (UE) nº 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 2014/2020.
Destinatarios:
Podrán acogerse a las ayudas las personas físicas o jurídicas titulares de industrias agroalimentarias localizadas o que se vayan a localizar en Castilla – La Mancha y dedicadas a la transformación y/o comercialización de productos agrícolas del Anexo I del Tratado, excepto los productos de la pesca. Quedan excluidos de la condición de beneficiarios las sociedades civiles, comunidades de bienes y agrupaciones de personas que carezcan de personalidad jurídica.
Requisitos:
Las personas beneficiarias deberán ser las responsables de la carga financiera generada con el proyecto de inversión objeto de ayuda. Deberán inscribir las industrias agroalimentarias de las que son titulares en el Registro de Industrias Agroalimentarias de Castilla-La Mancha y comprometerse a mantener la actividad productiva y/o comercial, su naturaleza y ubicación, así como la titularidad de los activos subvencionados en los cinco años siguientes al pago final de la ayuda. Igualmente deberán disponer de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales, disponer del terreno en el que se vayan a acometer las inversiones, no haber sido sancionados en materia de contratación Ley 12/2013, Ley 7/2007 y Ley 32/2007, ni por prácticas laborales discriminatorias, no estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones y estar inscrito en Reg. Sanitario Alimentos. No se concederán ayudas a empresas en crisis.
Importe:
El importe de la ayuda consiste en un porcentaje sobre el presupuesto subvencionable de la inversión. Este porcentaje es el resultado de la suma de un porcentaje de ayuda base según las características del solicitante, que oscila entre el 5% y el 30%, y de uno o varios porcentajes de ayuda según las características del proyecto. El porcentaje máximo de ayuda se establece en función del tamaño de la empresa solicitante y de si el producto final del proceso de producción/comercialización se encuentra dentro del Anexo I del Tratado de la Unión Europea o no, oscilando entre un 15% y un 50%. Las ayudas reguladas en la presente convocatoria estarán cofinanciadas en un 75% por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), siendo el 25% restante cofinanciado en un 30% por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y en un 70% por la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha.
Criterios:
La concesión de las ayudas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva. Para ello, una vez recibidas todas las solicitudes se procederá a su estudio para determinar la admisibilidad de las mismas y, en caso de resultar admisibles, se asignan a cada solicitud unos puntos en función de si cumple o no alguno de los criterios de valoración establecidos. Sólo serán admisibles aquellas solicitudes que alcancen una puntuación mínima de 8 puntos
Lugar de presentación:
Las solicitudes de ayuda deberán presentarse telemáticamente con firma electrónica.
RODRIGUEZ&CORTS
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