AYUDAS A INVERSIONES EN EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS Y GANADERAS EN CLM
Plazo de solicitud hasta el 17 de Septiembre de 2021
La Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha convoca las ayudas para incentivar la modernización de explotaciones agrarias y ganaderas, orientando su actividad hacia una agricultura más eficiente, profesionalizada y ligada al territorio, exigiéndose un mínimo de viabilidad y, al mismo tiempo fomentando las inversiones que mejoren su competitividad mediante la utilización eficiente y sostenible de los factores de producción, incluyendo la innovación, las nuevas tecnologías y, siempre, respetando el medio ambiente.
Los objetivos que se persiguen con esta ayuda son:
- Mejorar el rendimiento global y la sostenibilidad de las explotaciones y sus resultados económicos
- Facilitar la reestructuración y modernización de las explotaciones, en términos de tamaño o de orientación productiva, y
- Mejorar la eficiencia en el uso de los recursos y medios de producción reduciendo las afecciones ambientales.
BENEFICIARIOS
- Personas físicas con cualificación o formación suficiente.
- Titulares de una explotación de titularidad compartida.
- Las personas jurídicas titulares de una explotación agraria prioritaria o que alcance tal condición tras ejecutar el plan de inversiones.
REQUISITOS
- Personas físicas que cotizan a la seguridad social agraria y tienen capacitación suficiente, y personas jóvenes instaladas en los últimos 5 años.
- Explotaciones de titularidad compartida y personas jurídicas titulares de explotaciones prioritarias con preexistencia superior a 12 meses salvo que se incorporen como socios/as personas jóvenes que soliciten la ayuda a la creación de empresas agrarias.
- Las explotaciones deberán tener una renta unitaria del trabajo entre los 10.000 y 35.000 euros.
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN.
Se establece un porcentaje básico de ayuda del 40% de la inversión financiable, el cual se incrementará de la siguiente manera:
- En un 5% adicional en inversiones en tecnología innovadora que incidan directamente en la orientación productiva de la explotación descritas en el anexo 2 o actuaciones promovidas por titulares integrados en una EAP, una Eapir o una Agrupación de productores o una entidad integrada en alguna de estas figuras.
- En un 2% adicional, con un máximo del 10% por cada 5 puntos adicionales de ahorro efectivo de agua que supere el mínimo exigido en cada caso respecto a actuaciones que supongan un ahorro de agua
- En un 2% adicional, con un máximo del 10% por cada 5 puntos de ahorro de energía convencional en la explotación o sustituidos por energía solar o eólica que incidan directamente en la orientación productiva de la misma.
El porcentaje básico más estos incrementos no podrán superar el 50% de la inversión financiable. Cuando el beneficiario sea un joven incorporado en los últimos 5 años obtendrá un porcentaje adicional del 20%.
IMPORTE INVERSIÓN FINANCIABLE
- 100.000 euros por unidad de trabajo agrario (UTA) sin superar los 200.000 euros por explotación, en el caso de que el titular sea una persona física.
- 400.000 euros por explotación, en el caso de explotaciones de titularidad compartida y explotaciones cuyo titular sea una persona jurídica.
INVERSIONES SUBVENCIONABLES.
Entre otras:
- Naves, apriscos, establos y otros alojamientos ganaderos, equipos de ordeño y de lactación artificial.
- Mejora de las estructuras de almacenamiento de estiércol y purines.
- Construcción de biodigestores anaerobios de purines y residuos para la obtención de biogás.
- Nuevos regadíos en sistemas de riego por goteo o aspersión siempre que cumplan los requisitos contemplados en el artículo 23 de la orden de bases.
- Instalaciones de energías renovables. En los casos en los que se obtenga energía, sólo será elegible cuando cumpla la normativa vigente en la materia y la potencia instalada no supere la máxima requerida por la explotación.
- Maquinaria de laboreo, siembra, tratamientos, recolección y transporte, en especial la adecuada para la optimización en la aplicación de fertilizantes y reducción de la erosión del suelo.
- Instalaciones de modernización de regadíos con destino al riego por goteo o aspersión que cumplan con los requisitos de los artículos 14.3.d) y 23 de la orden de bases.
RODRIGUEZ&CORTS ABOGADOS Y ECONOMISTAS
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