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ABIERTO PLAZO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL ESTABLECIMIENTO Y CONSOLIDACIÓN DE PROYECTOS DE PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS

Beneficiarios.

  1. Podrán ser personas beneficiarias de las subvenciones de la línea 1:
  1. Las personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas en Castilla-La Mancha.
    1. Las personas físicas, que cumpliendo los requisitos dispuestos en la letra a), formen parte y se encuentren integradas en comunidades de bienes, sociedades civiles y entidades sin personalidad jurídica, siempre que lo soliciten a título personal y su actividad económica no sea la mera administración de bienes o masas patrimoniales.
    1. Las personas físicas, que cumpliendo los requisitos dispuestos en la letra a), constituyan sociedades limitadas unipersonales, cuando aquellas desarrollen su actividad en las mismas.
  • Podrán ser personas beneficiarias de las subvenciones de la línea 2:
  1. Las personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas que cumplan los requisitos del apartado 1, y que realicen la actividad en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación.
    1. Las personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas que cumplan los requisitos del apartado 1, y que realicen la actividad en zonas rurales intermedias con predominio de la actividad agrícola, con población inferior a 2.000 habitantes, que hayan perdido población durante los cinco años anteriores a 1 de enero de 2021.
    1.  Las mujeres trabajadoras autónomas que cumplan los requisitos del apartado 1, y que realicen su actividad en las zonas no previstas en las letras a) y b).

Objeto e inversiones subvencionables.

La finalidad de estas subvenciones es fomentar el establecimiento de las personas trabajadoras autónomas, favoreciendo el mantenimiento y la consolidación de su actividad económica.

En el marco de esta resolución, se establecen las siguientes líneas de subvención:

  1. Línea 1: Subvenciones para el establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas, con el fin de facilitar la generación de su empleo por cuenta propia y el mantenimiento durante los primeros 12 meses de actividad.
  2. Línea 2: Subvenciones para la consolidación de proyectos de las personas trabajadoras autónomas, con el fin de facilitar la continuidad de su empleo por cuenta propia, tras los primeros 12 meses de actividad.

El período subvencionable comprenderá las actuaciones realizadas desde el 1 de julio de 2023, hasta el 30 de junio

Cuantía de las subvenciones.

La cuantía de la subvención por cada persona beneficiaria en la línea 1 será de 3.000 euros y para la línea 2 será de 2.000 euros.

Plazo.

  El plazo de solicitud finalizará el 15 de julio de 2024.

RODRIGUEZ&CORTS ABOGADOS Y ECONOMISTAS

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