PROGRAMA CHEQUE TRANSICION CASTILLA-LA MANCHA
Subvenciones para incentivar la contratación.
BENEFICIARIOS
Las personas físicas o jurídicas, sociedades laborales o cooperativas, comunidades de bienes, sociedades civiles, entidades sin ánimo de lucro o cualquier otro tipo de unidad económica que realicen contrataciones.
CUANTÍA
La cuantía será de 5.140 euros por contratación, que se verá incrementada en 700 euros cuando la persona contratada además de ser titular del cheque pertenezca a alguno de estos colectivos:
- Mujeres que tengan acreditada la condición de víctimas de violencia de género.
- Personas con discapacidad superior al 33%.
- Colectivos en situación de exclusión social.
Se incrementará además en un 20% cuando las contrataciones se realicen en alguno de los municipios del Anexo del decreto 31/2017.
Las subvenciones son de concesión directa.
CHEQUE TRANSICIÓN
Es un título nominativo que regula el procedimiento de concesión directa de subvenciones para incentivar la contratación cuya finalidad es la de mejorar la empleabilidad de las personas poseedoras del título a través de ayudas a su contratación así como fomentar su activación en la búsqueda de empleo.
El cheque es expedido de oficio y remitido por la Consejería competente en materia de empleo a aquellas personas que hayan participado en algún programa de empleo enumerado en este Decreto.
Cada persona tendrá derecho a un cheque, que tendrá una vigencia de 12 meses contados desde el 1 de febrero de 2019.
REQUISITOS
Deberán cumplirse los requisitos habituales en las ayudas a la contratación indefinida, como hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, no haber sido sancionado en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, tener un plan de prevención de riesgos laborales, entre otros.
OBLIGACIONES
Que el puesto de trabajo se genere en Castilla-La Mancha, cumplir con el objetivo, justificar el cumplimiento de requisitos y condiciones y someterse a las actuaciones de comprobación, entre otros.
El contrato a realizar será de mínimo 12 meses y a jornada completa.
EXCLUSIONES
Las contrataciones que afecten a parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, salvo que no conviva con el empresario, los contratos formalizados con cargos de dirección o miembros de administración de las empresas, las relaciones laborales de carácter especial y las contrataciones de personas que en los 6 meses anteriores a la fecha del contrato hubiesen prestado servicios en la misma entidad.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 1 de febrero de 2019 y finalizará el 15 de noviembre de 2019.
Deberán presentarse en el plazo máximo de un mes siguiente a la formalización del contrato indefinido.
Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica.
RODRIGUEZ&CORTS
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