SUBVENCIONES DESTINADAS A FOMENTAR LA CONTRATACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN CASTILLA-LA MANCHA
Plazo de resolución: UN MES
Efectos silencio: Desestimatorio
Plazo de presentación de solicitudes: Del Jueves 18 Abril 2019 al Viernes 15 Noviembre 2019
Objeto: Regular el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a: a) Favorecer, a través de la contratación laboral indefinida, la integración laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo y fomentar la estabilidad en el empleo. b) Facilitar la adaptación a puestos de trabajo de personas con discapacidad.
Destinatarios: Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas que incorporen trabajadores como socios trabajadores o de trabajo en el régimen de Seguridad Social propio de los trabajadores por cuenta ajena, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, las uniones temporales de empresas y las entidades sin ánimo de lucro.
Requisitos: 1º.- Deberán haber permanecido inscritos como demandantes de empleo, no ocupados en alguna de las Oficinas de Empleo de Castilla-La Mancha hasta el día anterior a la fecha de alta del trabajador en la Seguridad Social. 2º.- La entidad, con anterioridad a la contratación, deberá solicitar el trabajador con discapacidad en la correspondiente Oficina de Empleo de Castilla-La Mancha con el documento de la oferta de empleo. Requisitos en las transformaciones. – Las transformación en indefinidos serán de contratos temporales de fomento del empleo de personas discapacitadas (Ley 43/2006, de 29 de diciembre), así como la transformación en indefinidos de los contratos formativos. Las ayudas para la adaptación a puestos de trabajo de personas con discapacidad, estarán destinadas a la adaptación de los puestos de trabajo o dotación de equipos de protección personal.
Importe: Línea I.- Las ayudas para la contratación indefinida y transformación de contratos de personas con discapacidad, consistirán en una subvención de 4.000 euros por cada contrato celebrado a tiempo completo, que se podrá incrementar con las siguientes ayudas: a) 1.300 euros si la persona contratada es hombre o 2.000 si es mujer, cuando se cumpla una de las condiciones previstas en el artículo 13.1 a). b) 2.200 euros si la personas contratada es hombre o 2.800 si es mujer, siempre que la contratación cumpla alguna de las condiciones previstas en el artículo 13 1 b). Línea II.- Ayudas para la adaptación, hasta 901.52 euros.
Lugar de presentación: La solicitud se dirigirá a la Dirección General de Programas de Empleo. – En Línea I la presentación de solicitudes sólo será de forma telemática. – En Línea II se podrá presentar de forma telemática o de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este último caso cuando el que presente la ayuda sea el propio trabajador discapacitado.
RODRIGUEZ&CORTS
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