MEDIDAS RDL 10/2020

 

 

 

Os informamos de las medidas anunciadas el pasado sábado por el Gobierno y publicadas sobre las 12 de la noche de ayer domingo en el BOE.

Se trata del RDL 10/2020 por el que se regula un permiso obligatorio, retribuido y recuperable para los trabajadores por cuenta ajena.

En primer lugar es una medida para los trabajadores asalariados, con la que se quiere conseguir una reducción de la movilidad en aras a reducir contagios por el civid19, pero no es una medida de cierre de negocios o actividades. Todos los autónomos pueden seguir trabajando igual que lo vinieran haciendo desde la declaración del estado de alarma

Se prohíbe el trabajo de los trabajadores por cuenta ajena de empresas que presten servicios no esenciales.

Se consideran esenciales y por tanto si pueden trabajar:

 Comercio de alimentación, farmacéuticos, ópticas, ortopedia, veterinarios, prensa, gasolineras, estancos, informática, alimento para mascotas, comercio por internet telefónico, tintorerías y lavanderías.

 Hostelería y restauración solo para con entrega de comida a domicilio.

 Toda la cadena de abastecimiento de bienes y servicios de primera necesidad desde el origen al destino. Por ejemplo agricultores y ganaderos o transportistas.

 Servicios financieros y bancarios

 Asesorías, notarias y abogados actuaciones urgentes

 Servicios de limpieza, mantenimiento, reparación de averías urgentes y vigilancia.

 Servicio postal y distribución y entrega productos adquiridos por internet

 Además están permitidos los trabajos de servicio público como asistencia a mayores, servicios sanitarios, penitenciarios, funerarios, etc.

Los trabajadores que no pueden trabajar tienen que coger obligatoriamente un permiso retribuido del día 30 de marzo al 9 de abril, ambos inclusive, que tienen que recuperar posteriormente antes del 31 de diciembre.

El día de hoy lunes se establece como de moratoria y se puede trabajar.

El teletrabajo no se ve afectado, desde casa se puede trabajar en todas las actividades

La tramitación de ERTES no se ve afectada.

Como consecuencia de lo anterior, nosotros como asesoría seguimos trabajando al ser considerados servicio esencial. Recordar que tenemos implantado un protocolo para minimizar el riesgo de contagio, que consiste básicamente en que parte de la plantilla hace teletrabajo y el resto trabajamos en la oficina a puerta cerrada, por lo que debéis facilitarnos la documentación si es posible por mail o whatsaap y si es indispensable venir a la oficina avisarnos previamente.

Recordar que se han suspendido todos los plazos administrativos excepto los de la seguridad social y la presentación de impuestos, aunque estos se pueden aplazar. Por ello facilitarnos a la mayor urgencia posible las facturas de ingresos y gastos del trimestre.

Animo a todos y estamos a vuestra disposición en lo que podamos ayudar.

Saludos

RODRIGUEZ&CORTS

 

 

 

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