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AYUDAS COMERCIO MINORISTA CLM

 

Plazo de presentación de solicitudes: Del 03/04/2025 al 02/05/2025.

Objeto: Impulsar y consolidar el comercio minorista de Castilla-La Mancha, consiguiendo así potenciar la actividad comercial minorista de la región, consolidar el tejido empresarial existente, estimular el empleo en el sector e incrementar su competitividad y rentabilidad.

Líneas de ayuda

a) Línea para impulsar y consolidar el comercio minorista. Esta línea tiene por objeto digitalizar la gestión del negocio, mediante la incorporación de nuevas tecnologías y el fomento de la visibilidad en internet, así como promover el acondicionamiento, la mejora de la eficiencia energética y la seguridad del establecimiento comercial.

b) Línea para la promoción del comercio minorista. Esta línea tiene por objeto incentivar a las asociaciones de comerciantes y federaciones de las mismas para coordinar las diversas actividades conjuntas de los establecimientos comerciales minoristas, con la finalidad de que éstos afiancen su actividad comercial y ofrezcan a los ciudadanos una oferta comercial continuada, plural, especializada y competitiva.

Destinatarios

a) En la línea para impulsar y consolidar el comercio minorista: las personas físicas o jurídicas, incluidas las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de entidad carente de personalidad jurídica, que desarrollen una o varias actividades comerciales minoristas incluidas en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas recogidos en el anexo.

No podrán ser beneficiarias de esta línea las asociaciones y federaciones de las mismas. 

b) En la línea para la promoción del comercio minorista: las asociaciones de comerciantes y federaciones de las mismas constituidas, en más de un 50 por ciento, por asociados que sean personas físicas o jurídicas, incluidas las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de entidad carente de personalidad jurídica, que desarrollen una actividad comercial minorista incluida en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas recogidos en el anexo.

Requisitos

  1. En la línea para impulsar y consolidar el comercio minorista: Los establecidos en el artículo 12 de la Orden 93/2024, de 27 de mayo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.
  2. En la línea para la promoción del comercio minorista: Los establecidos en el artículo 15 de la Orden 93/2024, de 27 de mayo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.

Importe

El importe total de los gastos que se presentarán para la solicitud de la ayuda, IVA excluido, deberá ser superior a 1.000 euros e inferior a 10.000 euros.

La cuantía de la subvención que podrá concederse a las personas o entidades beneficiarias será el 70% del gasto que se considere subvencionable.

Criterios

1. Con el fin de establecer un orden de prelación entre las solicitudes presentadas, se tendrán en cuenta, a fecha de la publicación de la convocatoria, los criterios de valoración que a continuación se indican, con un máximo de 30 puntos:

a) Experiencia de la persona o entidad solicitante, considerándose, a estos efectos, el período de alta en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas previstos en el anexo. Se valorará hasta un máximo de 10 puntos, con el siguiente desglose:

1º. Experiencia de hasta 5 años: 3 puntos.

2º. Experiencia de más de 5 años y hasta 10 años: 5 puntos.

3º. Experiencia de más de 10 años: 10 puntos.

b) Proyectos promovidos por una persona menor de 30 años o mayor de 55 años, por una persona con discapacidad, o por una mujer. Se valorará hasta un máximo de 10 puntos, con el siguiente desglose:

1º. Si la persona reúne una condición: 3 puntos.

2º. Si la persona reúne dos condiciones: 5 puntos.

3º. Si la persona reúne tres condiciones: 10 puntos.

En el supuesto de que el proyecto no fuese promovido por una persona física, para la aplicación de este criterio se atenderá a cualesquiera de las personas físicas que desempeñen funciones de administración en la entidad.

c) Localización del proyecto en alguna de las zonas prioritarias definidas en el artículo 4 de la Ley 5/2017, de 30 de noviembre, de Estímulo Económico de Zonas Prioritarias de Castilla-La Mancha, y que han sido establecidas en el Anexo al Decreto 52/2018, de 31 de julio, de delimitación geográfica de zonas prioritarias en Castilla-La Mancha. Se valorará con 10 puntos.

2. En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado único del Acuerdo de 19/10/2021, del Consejo de Gobierno, sobre aplicación de criterios de incentivación y medidas de apoyo a los solicitantes de ayudas en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, previstas en el artículo 22.1 de la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha, se otorgará una puntuación adicional, respecto del total de la puntuación obtenida en aplicación de los criterios de valoración previstos en el apartado anterior, de acuerdo con los siguientes porcentajes y tramos:

a) Una puntuación adicional del 20 por ciento para solicitudes que se desarrollen en municipios o núcleos de población definidos como zonas en riesgo de despoblación; en los municipios de las zonas rurales intermedias con predominio de la actividad agrícola, con población inferior a 2.000 habitantes, que hayan perdido población durante los cinco años anteriores a 1 de enero de 2021; y en los municipios o núcleos de población de más de 2.000 habitantes, definidos como zonas de intensa despoblación.

b) Una puntuación adicional del 30 por ciento para solicitudes que se desarrollen en municipios o núcleos de población de menos de 2.000 habitantes definidos como zonas en de intensa despoblación, y en los municipios o núcleos de población de más de 2.000 habitantes definidos como zonas de extrema despoblación.

c) Una puntuación adicional del 40 por ciento para solicitudes que se desarrollen en municipios o núcleos de población de menos de 2.000 habitantes definidos como zonas de extrema despoblación.

3. En caso de empate en las puntuaciones obtenidas como consecuencia de la aplicación de los criterios de valoración previstos anteriormente, se procederá a su priorización de acuerdo con el orden de presentación de solicitudes

RODRIGUEZ&CORTS ABOGADOS Y ECONOMISTAS



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PLAN ADELANTE 2024-2027

 

¿Conoces el nuevo Plan Adelante 2024-2027? Es la 3ª edición de la estrategia de acompañamiento empresarial de Castilla-La Mancha desarrollado por el Gobierno de Castilla-La Mancha de la mano de los agentes sociales
6⃣ Ejes: Emprende, Invierte, Innova, Comercializa, Internacionaliza y Financia, complementados con 4 conectores de desarrollo empresarial, que sitúan a las personas como verdadero motor de las empresas:

https://adelante-empresas.castillalamancha.es/

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TARIFA PLANA PLUS PARA AUTONOMOS Y AYUDAS AL INICIO Y CONSOLIDACIÓN DE ACTIVIDAD A PARTIR DEL 8 DE ABRIL

La consejera de Economía, Empresas y Empleo ha destacado que el mantenimiento de las ayudas de 3.000 y 2.000 euros al inicio y consolidación, combinadas con la Tarifa Plana Plus, sitúa a Castilla-La Mancha como una de las regiones con el apoyo más ambicioso a las personas trabajadoras autónomas de todo el país.

Patricia Franco ha avanzado que, junto con el decreto que convoca la Tarifa Plana Plus y las ayudas durante los tres primeros años de actividad, dotado con 22 millones de euros, el Ejecutivo autonómico convocará las ayudas a la conciliación, el relevo generacional, el reconocimiento del familiar colaborador y la primera contratación indefinida para los autónomos, dotado con un millón de euros.
 

Cerca de 18.000 personas trabajadoras autónomas de Castilla-La Mancha podrán acceder a partir del próximo martes a la Tarifa Plana Plus. El Gobierno regional convocará un millón de euros más para apoyar la conciliación, el relevo generacional, el reconocimiento del familiar colaborador y la primera contratación indefinida por parte de trabajadores autónomos en la región.
  
El decreto que incluye la Tarifa Plana Plus y que se ha aprobado hoy en Consejo de Gobierno incluye cuatro líneas y todas se activarán el próximo martes 8 de abril, después de su publicación en el DOCM el lunes, con carácter retroactivo, ya que se pueden acoger a las mismas los autónomos que hayan emprendido su actividad desde el 1 de julio del pasado año y hasta el 30 de junio de este año, pudiendo solicitarlas hasta el próximo 15 de julio:
 
“La primera línea es la Tarifa Plana Plus para el primer año de actividad, con una ayuda de 960 euros para cubrir el pago de 80 euros al mes que queda tras beneficiarse de la Tarifa Plana estatal”, ha indicado la consejera, que ha detallado que esta línea es compatible con la segunda, de ayudas al inicio de actividad, “con 3.000 euros para los autónomos en el primer año de su negocio y que se pueden incrementar en un 20, un 30 o un 40 por ciento en función de si emprenden en zonas en riesgo de despoblación, en intensa despoblación o en extrema despoblación, catalogadas en la Ley de Medidas contra la Despoblación en la región, y a los que se suman 500 euros más si quien emprende es una persona menor de 30 años”.
 
La tercera línea es la Tarifa Plana Plus en el segundo año de actividad, también con 960 euros para el pago de las cuotas a la Seguridad Social y es compatible a su vez con la cuarta línea, de ayudas a la consolidación de actividad de autónomos en la región. “Son 2.000 euros para autónomos que emprenden en zonas rurales o para mujeres emprendedoras en toda la región durante el segundo y el tercer año de actividad, a las que sumamos, como novedad este año, las personas jóvenes que emprendan también en cualquier parte de nuestro territorio”, ha indicado.
 
Estas ayudas van a coincidir en el DOCM con la convocatoria de un millón de euros en ayudas también dirigida a los autónomos de Castilla-La Mancha, a través del decreto de ayudas a la conciliación de la vida laboral y familiar, que pueden alcanzar los 1.200 euros; ayudas al relevo generacional ,que pueden llegar hasta los 6.000 euros para el traspaso de negocios; ayudas al familiar colaborador, con hasta 3.000 euros para el pago de las cuotas del RETA del familiar colaborador; y las ayudas para la primera contratación indefinida por parte de autónomos, que pueden llegar a los 9.000 euros.
 

Consulta aquí la noticia completa:

https://www.castillalamancha.es/actualidad/notasdeprensa/cerca-de-18000-aut%C3%B3nomos-podr%C3%A1n-acceder-la-tarifa-plana-plus-y-las-ayudas-al-inicio-y-consolidaci%C3%B3n

RODRIGUEZ&CORTS ABOGADOS Y ECONOMISTAS

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AYUDAS CIBERSEGURIDAD

Línea de ayudas que ha convocado el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo dentro del “Programa Activa Ciberseguridad”. El presupuesto de la convocatoria es de 9,63 millones de euros para ayudar a 4.500 pymes de todo el territorio nacional.

La Escuela de Organización Industrial (EOI) será la encargada de gestionar este programa Activa Ciberseguridad. La modalidad de las ayudas que se concedan en el marco de esta convocatoria tendrá la consideración de ayudas en especie, consistente en la recepción de un asesoramiento especializado y personalizado que permita una mejora en los niveles de ciberseguridad de las pymes.

Dicho asesoramiento se realizará por parte de entidades especializadas con experiencia en ciberseguridad, que han sido seleccionadas a través de un procedimiento de licitación. Las pymes beneficiarias seleccionarán, a través de su formulario de solicitud, a la entidad especializada que les prestará el servicio de entre las que han resultado adjudicatarias en dicho procedimiento.

El objetivo de las ayudas es ofrecer el análisis de la situación actual de la empresa en materia de ciberseguridad para conocer su nivel de seguridad actual, así como la elaboración de un Plan de Ciberseguridad específico para la misma, con un diseño personalizado de acciones en materia de ciberseguridad, para ser desarrollado e implantado por la empresa beneficiaria. 

Se prestará a través de reuniones individualizadas con las pymes beneficiarias en la sede de éstas, trabajo remoto de la entidad especializadas y la realización de talleres grupales temáticos y demostrativos de apoyo al asesoramiento.

Podrán resultar beneficiarias empresas que tengan la condición de PYME y operen en cualquier sector de actividad.

La convocatoria permanecerá abierta hasta que se agote el crédito presupuestario establecido en la misma.

RODRIGUEZ CORTS & FERNANDEZ MANZANEQUE

ABOGADOS Y ECONOMISTAS

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AYUDAS A LA INVERSION EMPRESARIAL (FIE 2024)

El objetivo de estas ayudas es facilitar financiación a las empresas para poner en marcha un proyecto empresarial, su incorporación al tejido empresarial de Castilla-La Mancha, y la mejora de su productividad, todo ello mediante la realización de inversiones productivas, que conlleven un aumento del valor añadido de los productos fabricados en la región, intervengan directamente en el proceso productivo, así como la creación de empleo vinculado a la inversión y/o mantenimiento de puestos de trabajo.

¿Qué proyectos son subvencionables?

Serán Proyectos subvencionables, aquellos promovidos por pymes que supongan: 

  • Creación de un nuevo establecimiento, siempre que, en el mismo, después de la solicitud de la subvención, se cree algún puesto de trabajo.
  • Ampliación de la capacidad de un establecimiento existente.
  • Diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el mismo.
  • Transformación fundamental del proceso global de producción de un establecimiento existente.

¿Qué gastos son subvencionables?

Serán gastos subvencionables, los que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios para su ejecución:

  • Adquisición y urbanización de terrenos.
  • Adquisición de edificios nuevos o ya existentes.
  • Obra civil de reforma y/o de nueva construcción.
  • Trabajos de planificación e ingeniería.
  • Bienes de equipo, maquinaria, instalaciones y utillaje.
  • Mobiliario y enseres.
  • Equipos y programas informáticos.

Las actuaciones o proyectos no podrán ser inferiores al límite mínimo de inversión aprobada subvencionable de 5.000 euros y no podrán superar el límite máximo de inversión de 900.000 euros.

¿A cuánto asciende la cuantía de la ayuda?

En todo caso, el porcentaje máximo de subvención por proyecto será:

  • Para microempresas y pequeñas empresas: 50%
  • Para medianas empresas: 40%

¿Puedo acogerme a esta línea de ayudas?

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas:

Las pymes, incluidas las que se encuentren en constitución en el momento de presentar la solicitud, que tengan ánimo de lucro, que proyecten llevar a cabo una inversión en un centro de trabajo o establecimiento operativo localizado en Castilla-La Mancha y que realicen alguna actuación subvencionable y cuya actividad no esté encuadrada en el sector agrícola, ganadero, pesquero o agroalimentario.

¿Cuándo puedo solicitar las ayudas?

La convocatoria 2024 estará abierta hasta el próximo 31 de marzo de 2025.

Aún asi, el plazo de solicitud de estas ayudas está permanentemente abierto. Desde la finalización del plazo de solicitud de cada convocatoria se pueden presentar solicitudes, que se tramitarán y resolverán en la siguiente convocatoria.

RODRIGUEZ&CORTS ABOGADOS Y ECONOMISTAS

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Subvenciones directas para contratación de jóvenes en Castilla-La Mancha

En el Diario Oficial de Castilla-La Mancha se ha publicado el Decreto 44/2024, de 27 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la contratación de personas jóvenes en el marco del Programa Mi Primer Empleo.

Plazo:

Hasta el 20 de septiembre de 2024.

Beneficiarios:

  1. Las Entidades Locales de Castilla-La Mancha, así como las entidades vinculadas o dependientes de las mismas. 
  2. Las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas y las comunidades de bienes.
  3. Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.

Finalidad:

Ofrecer una experiencia profesional a las personas jóvenes inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, mediante la realización de un trabajo efectivo en un entorno real, que mejore su empleabilidad y les permita su inserción laboral.

Cuantía:

12.000 euros por cada persona contratada que se encuadre en los grupos de cotización de la Seguridad Social 1 y 2 y de 10.000 euros por cada persona contratada que se encuadren en el resto de los grupos de cotización de la Seguridad Social, que cumplan los requisitos (hasta 5 contrataciones por empresa).

RODRIGUEZ&CORTS ABOGADOS Y ECONOMISTAS

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AYUDAS INNOVA ADELANTE

RODRIGUEZ&CORTS ABOGADOS Y ECONOMISTAS

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AYUDAS IMPULSO TRABAJO AUTONOMO

Abierta la convocatoria 2024

LÍNEAS DE AYUDAS:

Línea 1. Ayudas para favorecer la conciliación de la vida laboral, familiar y personal de la persona trabajadora autónoma, mediante la contratación de un trabajador por cuenta ajena para sustituir al autónomo durante la baja por maternidad o paternidad. Importe ayuda 1.200€

Línea 2. Ayudas para el fomento del relevo generacional, mediante la adquisición de un negocio en funcionamiento por jubilación de su anterior titular. Importe ayuda 6.000€

Línea 3. Ayudas al familiar colaborador de la persona trabajadora autónoma, mediante el alta como autónomo colaborador del cónyuge o los hijos del titular del negocio. Importe ayuda 3.000€

Línea 4. Ayudas para la primera contratación indefinida de un trabajador por cuenta ajena a tiempo completo o tiempo parcial. Importe ayuda 9.000€

Los importes de las ayudas se incrementan hasta un 40% en municipios de escasa población

QUIÉNES PUEDEN PEDIR LAS AYUDAS:

a) Autónomos que realicen una actividad en Castilla-La Mancha.

b) Autónomos miembros de comunidades de bienes, sociedades civiles o sociedades mercantiles

PERÍODO SUBVENCIONABLE:

El período subvencionable comprenderá actuaciones realizadas del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2023

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

El plazo de presentación de solicitudes será hasta 8 de septiembre 2024

Para la Línea 4, la cuantía de la subvención ascenderá hasta un máximo de 9.000 euros.

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AYUDAS PARA IMPULSAR Y CONSOLIDAR EL COMERCIO MINORISTA

Plazo de solicitud del 10 de julio al 9 de agosto de 2024

La Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla La Mancha convoca para el año 2024 las ayudas para impulsar y consolidar el comercio minorista.

Se establecen dos líneas de ayudas:

  • Comercio minorista.
  • Asociaciones de comerciantes.

1.- LINEA DE AYUDAS PARA IMPULSAR Y CONSOLIDAR EL COMERCIO MINORISTA.

Podrán acceder a estas ayudas los comercios minoristas que tengan alguno de los epígrafes del IAE que se han establecido al efecto.

Podrán solicitar esta ayuda las personas físicas y jurídicas, incluidas las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de entidad carente de personalidad jurídica.

¿Qué gastos se subvencionan en los comercios?

Los comercios podrán solicitar subvención por las siguientes actuaciones:

  1. Obras de renovación, ampliación o acondicionamiento del establecimiento comercial.
  2. Inversiones para mejorar la eficiencia energética en el consumo energético y para garantizar la seguridad del establecimiento comercial.
  3. Inversiones en rótulos comerciales para el establecimiento comercial.
  4. Adquisición y montaje de mobiliario y equipamiento comercial. No se subvencionan elementos de valor unitario inferior a 100 € ni bienes usados.
  5. Adquisición e instalación de equipamiento informático y tecnológico específico para la gestión empresarial. No se subvenciona la adquisición de tablets, ni smartphones o relojes inteligentes.
  6. Adquisición e implantación de software específico directamente relacionado con el desarrollo de la actividad empresarial.
  7. Creación de una tienda online para la venta de productos o la adaptación de tiendas virtuales ya existentes para incorporar la funcionalidad de venta online, así como la sustitución de una tienda virtual con venta online por otra nueva o las mejoras a la misma, siempre que supongan un avance significativo sobre las prestaciones contempladas inicialmente. En todo caso, la mejora debe implicar nuevas funcionalidades y no la mera reposición de aplicaciones.

Los contenidos de la tienda online versarán exclusivamente sobre la actividad o actividades comerciales minoristas incluidas en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas recogidos en el anexo. No se admitirán dominios registrados bajo la titularidad de terceras empresas.

  • Contratación de un Community Manager para la realización de actuaciones de posicionamiento SEO y SEM, campañas de marketing online y gestión de perfiles en redes sociales.
  • Integración en portales web o marketplace en los que se promocione o realice comercio electrónico o venta online.

¿Cuál es el importe de la subvención?

La subvención que podrá concederse no superará el 70 % del gasto que se considere subvencionable.

¿Cuánto debe ser el importe de los gastos o inversiones?

Los proyectos que soliciten subvención deberán tener un importe comprendido entre 1.000 y 10.000 euros, excluido el IVA.

REQUISITOS:

A destacar, entre otros:

Que las actuaciones y gastos no se inicien con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud, y finalizarlos en el plazo que marcará la resolución de concesión. Iniciar es hacer un pago, un compromiso de pedido o emitir factura antes de la solicitud.

Estar dado de alta el comercio en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas que se han establecido al efecto, y que deben estar en la agrupación 64, 65 y 66. Además, las inversiones deben realizarse en Castilla la Mancha.

Los comercios interesados en llevar a cabo algún proyecto, tendrán un plazo de ejecución máximo de cuatro meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la concesión de la subvención, estableciéndose en la resolución de concesión el plazo en cada caso.

La solicitud de la subvención y todo el procedimiento se realizará exclusivamente de forma telemática con firma electrónica o certificado digital.

Dar publicidad de la ayuda obtenida a través de la web (si se dispone) y colocar un cartel informativo.

Realizar el pago de las facturas en el plazo establecido por la Ley 3/2004.

VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES

Las solicitudes se regirán por el régimen de concurrencia competitiva, que significa que una vez que haya finalizado el plazo de solicitud, todas las solicitudes serán valoradas en base a criterios de valoración fijados por la Administración y se las atribuirá una puntuación. Así, se tendrá en cuenta los años de alta en el IAE, la edad de los solicitantes y el municipio en el que esté el comercio.

Una vez asignadas a las solicitudes esa puntación, de mayor a menor, se realizará una lista priorizada, a los efectos de repartir el presupuesto de cada convocatoria.

2.- LÍNEA DE AYUDAS PARA LA PROMOCIÓN DEL COMERCIO MINORISTA POR PARTE DE LAS ASOCIACIONES DE COMERCIANTES.

Dirigida a las asociaciones de comerciantes que presenten proyectos para coordinar las diversas actividades conjuntas de los establecimientos comerciales minoristas, con la finalidad de que éstos afiancen su actividad comercial y ofrezcan a los ciudadanos una oferta comercial continuada, plural, especializada y competitiva.

La subvención que podrá concederse no superará el 70 % del gasto que se considere subvencionable.

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AMPLIACION IMPORTE PROGRAMA KIT DIGITAL PARA AUTÓNOMOS DE 0 A 3 TRABAJADORES

Se incrementa el importe máximo de ayuda por beneficiario para el Segmento III de Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados, aumentando la cuantía máxima de 2.000 euros hasta 3.000 euros.

Se amplía el Catálogo de Soluciones de Digitalización para dichas entidades añadiéndose la posibilidad de subvencionar la prestación de un nuevo servicio denominado «Puesto de trabajo seguro». Con esta Categoría de Solución de Digitalización se pretende favorecer la automatización de tareas, gestión eficiente de los datos y la comunicación fluida, mejorando así la productividad y la competitividad de las pymes del Segmento III, en un entorno de seguridad:

Categoría de Soluciones de DigitalizaciónMeses Prestacion ServicioSegmento III 0 < X1 <3 empleados
Puesto de trabajo seguro.121.000 €/Dispositivo (máximo 1 dispositivo)

Puesto de trabajo seguro

Esta solución, que se presta en modo servicio, incluye un dispositivo hardware que debe incluir integrado en el producto (y en el precio), una licencia que cumpla con los requisitos establecidos para la categoría X. Ciberseguridad, además de un encriptado/cifrado en reposo, que asegure la privacidad de los datos y documentos almacenados en el dispositivo.

Los dispositivos subvencionables en esta categoría de solución de digitalización podrán ser: ordenadores portátiles u ordenadores de sobremesa nuevos, no contemplándose dispositivos reacondicionados, y deberán tener una serie de características muy especificas que se deben cumplir para que el hardware esté incluido en la ayuda.

Una vez finalizados los 12 primeros meses de prestación del servicio, el beneficiario podrá adquirir la propiedad del hardware, previo pago al Agente Digitalizador Adherido del valor residual del equipamiento. El Agente Digitalizador Adherido está obligado a ofrecer la opción de compra de Puesto de Trabajo Seguro al beneficiario. En caso de que el beneficiario no efectúe el pago del importe residual acordado, el Agente Digitalizador Adherido podrá recuperar el equipamiento.

El Agente Digitalizador Adherido deberá informar al beneficiario cuál es el valor de compra del equipo al finalizar los 12 meses de prestación del servicio. Este importe que deberá abonar el beneficiario será el valor de adquisición del equipamiento y deberá constar reflejado en el Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización. Como máximo, el importe del valor de compra será del 15 % del importe del acuerdo firmado (importe de la solución).»

El plazo para solicitar la ayuda del kit digital esta abierto hasta el 31 de diciembre de 2024.

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