AYUDAS PARA LA RECUPERACIÓN Y FORTALECIMIENTO DEL COMERCIO EN CLM
Plazo de solicitud: hasta el 17 de enero de 2022
Para conseguir su recuperación y fortalecimiento como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19 la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla La Mancha pone a disposición del comercio minorista de Castilla-La Mancha una serie de ayudas
Se establecen dos líneas de ayuda:
1.- LINEA DE AYUDAS PARA LA RECUPERACION Y FORTALECIMIENTO DEL PEQUEÑO COMERCIO
Esta línea tiene por objeto la realización de proyectos que refuercen la seguridad del establecimiento comercial minorista en la lucha contra el COVID-19; la incorporación de nuevas tecnologías al comercio minorista, destinadas a la mejora de la gestión empresarial, así como el fomento de la presencia en internet a través del comercio electrónico; y apoyar al comerciante en la mejora de su imagen comercial, de manera que les produzcan un valor añadido y mejoren su competitividad.Serán beneficiarios los autónomos y pymes, incluidas las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de entidad carente de personalidad jurídica, que desarrollen una actividad comercial minorista con epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas establecido al efecto. ¿Qué se subvenciona?
- Obras de renovación, ampliación o acondicionamiento del establecimiento comercial.
- Inversiones en iluminación, decoración, pintura, escaparates, fachadas, o la eliminación de barreras arquitectónicas para facilitar el acceso de personas con movilidad reducida y las obras imprescindibles para estas actuaciones.
- Adquisición del equipamiento comercial específico y los bienes muebles especializados necesarios para el ejercicio de la venta, así como aquellos necesarios para el ahorro energético y para garantizar la seguridad de los establecimientos. No se subvencionan bienes usados.
- Adquisición, instalación y montaje de equipamiento informático y/o tecnológico específico para la gestión empresarial, incluyendo los ordenadores portátiles, la inversión en terminales de puntos de venta, balanzas electrónicas y similares. No se subvenciona la adquisición de tabletas, ni smartphones o cualquier otro dispositivo portátil.
- Adquisición e implantación de software específico directamente relacionado con el desarrollo de la actividad empresarial. No se subvencionan los programas antivirus, ni actualizaciones de software, renovación de licencias o cualquier gasto de mantenimiento.
- Desarrollo e implantación de una página web corporativa y/o de comercio electrónico (e-commerce). No se subvenciona el mantenimiento de la página web o la actualización de una existente, ni cuota de conexión a internet.
- Elaboración de un plan de transformación digital.
- Elaboración y ejecución de un plan de promoción online: posicionamiento de la página web, campañas de marketing online, participación en ferias virtuales o mercados digitales.
- Gestión de perfiles en redes sociales realizada por un Community Manager.
- Adquisición y montaje de elementos de seguridad, tales como mamparas, máquinas de desinfección o dispensadores de gel hidroalcohólico, para hacer frente al COVID-19.
- Obtención de una certificación, norma o distintivo homologado que acredite que el establecimiento comercial cumple los requisitos mínimos de seguridad frente al COVID-19.
Importe de la subvención
No superará el 70 % del gasto que se considere subvencionable. Si el proyecto se desarrolla en municipios de zona ITI (comarca de Talavera de la Reina y comarca de la Campana de Oropesa) o municipios de zonas prioritarias (Mora, La Puebla de Montalbán, Talavera de la Reina y Villacañas), la cuantía de la ayuda obtenida se incrementará en un 20% adicional, por lo que podría llegar hasta el 84%.
Importe de los gastos o inversiones
Entre 1.000 y 10.000 euros, excluido el IVA.
Requisitos
Principalmente:
- Que las actuaciones no se hayan iniciado con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
- Estar dado de alta el comercio en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas que se han establecido al efecto: Las inversiones deben realizarse en Castilla la Mancha.
- Los comercios interesados en llevar a cabo algún proyecto, tendrán un plazo de ejecución máximo de cuatro meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la concesión de la subvención.
- La solicitud de la subvención y todo el procedimiento se realizará exclusivamente de forma telemática con firma electrónica o certificado digital.
- Dar publicidad de la ayuda obtenida a través de la web (si se dispone) y colocar un cartel informativo.
Valoración de solicitudes
Las solicitudes se regirán por el régimen de concurrencia competitiva.
2.- LÍNEA DE AYUDAS PARA LA PROMOCIÓN DEL COMERCIO MINORISTA POR PARTE DE LAS ASOCIACIONES DE COMERCIANTES.
Dirigida a las asociaciones que presenten proyectos para coordinar las diversas actividades conjuntas de los establecimientos comerciales minoristas, con la finalidad de que éstos reactiven o afiancen su actividad comercial y ofrezcan a los ciudadanos una oferta comercial continuada, plural, especializada y competitiva.La subvención que podrá concederse no superará el 70 % del gasto que se considere subvencionable.Si el proyecto se desarrolla en municipios de zona ITI (comarca de Talavera de la Reina y comarca de la Campana de Oropesa) o municipios de zonas prioritarias (Mora, La Puebla de Montalbán, Talavera de la Reina y Villacañas), la cuantía de la ayuda obtenida se incrementará en un 20% adicional.
RODRIGUEZ&CORTS ABOGADOS Y ECONOMISTAS
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