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AYUDAS PARA EL FOMENTO DEL TRABAJO A DISTANCIA POR LA CRISIS SANITARIA COVID-19

Ayudas para el teletrabajo

 

Se pueden solicitar para los siguientes supuestos en el periodo del 14 marzo 2020 (inicio del estado de alarma por el COVID-19) hasta el 30 septiembre 2021:

 

  • Transformación de puestos de trabajo presenciales en puestos de trabajo a distancia.
  • Realización de nuevas contrataciones cuya prestación laboral se realice a distancia.

 

Destinatarios

 

  • Autónomos que cuenten al menos con un asalariado a su cargo y que realicen su actividad económica en Castilla-La Mancha.
  • Pymes que ejerzan su actividad económica en Castilla-La Mancha, y estén comprendidas dentro de los siguientes apartados:

 

1º. Pequeña empresa que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supere los 10 millones de euros.

2º. Microempresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supere los 2 millones de euros.

 

  • Comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, ejerzan una actividad económica, tengan ánimo de lucro, realicen alguna actuación subvencionable conforme a este decreto.

 

No son considerados destinatarios de estas ayudas:

 

 

Las empresas que operen en los sectores de la pesca y la acuicultura; empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas; empresas que operen en la transformación y comercialización de los productos agrícolas; actividades relacionadas con la exportación a terceros países o Estados miembros.

 

Ayudas por beneficiario

 

  • 700 € por cada transformación de puestos de trabajo presenciales en puestos de trabajo a distancia.
  • 3.000 € por la realización de contratación nueva de un puesto de trabajo cuya prestación laboral se realice a distancia.
  • Las cuantías de la subvención anterior, se incrementará un 20% si se trata de una persona con discapacidad con grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33% y que requiera adaptación para el desempeño del trabajo a distancia.
  • La cuantía de la subvención se incrementará en un 20%, cuando la actividad subvencionada se realice en alguno de los municipios incluidos en zona ITI de Castilla-La Mancha.

Plazo de presentación de solicitudes

 

Desde el 5 de mayo al 30 de septiembre de 2021.

Obligaciones por parte de los beneficiaros

 

Mantener en el puesto al trabajador correspondiente durante al menos doce meses efectivos a contar desde la fecha de transformación del puesto de trabajo o la fecha de creación del nuevo puesto de trabajo.

Si se extinguiera la relación laboral, deberá sustituirse por otro trabajador en las mismas condiciones en el plazo de 30 días y comunicar tal circunstancia.

 

RODRIGUEZ&CORTS ABOGADOS Y ECONOMISTAS

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